En un esfuerzo por ayudar a los candidatos a recuperar parte de la inversión realizada en sus campañas electorales, el Estado colombiano implementa u
En un esfuerzo por ayudar a los candidatos a recuperar parte de la inversión realizada en sus campañas electorales, el Estado colombiano implementa un sistema de reembolso de fondos en función de los votos obtenidos en las elecciones.
Si bien los candidatos que buscan cargos de elección popular deben cumplir ciertos requisitos vinculados al porcentaje de votación, el gobierno nacional ha aprobado los montos que se otorgarán a los participantes de la contienda electoral.
De acuerdo con la Resolución 0672 del 31 de enero de 2023 emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE), los montos destinados para la reposición de dinero se distribuyen de la siguiente manera:
- Gobernadores y diputados: $4.590 por voto.
- Alcaldes y concejales: $2.766 por voto.
Es importante destacar que para acceder a esta reposición de dinero, es necesario referirse al Artículo 21 de la Ley 1475 de 2011 sobre la financiación estatal, que establece las condiciones para que se haga efectiva. Estas condiciones son las siguientes:
- En las elecciones para corporaciones públicas, los candidatos tienen derecho a financiación estatal cuando la lista obtiene el 50% o más del umbral definido para la respectiva corporación.
- En las elecciones para gobernadores y alcaldes, los candidatos pueden acceder a la financiación estatal si obtienen el 4% o más del total de votos válidos emitidos en la elección respectiva.
- La financiación estatal de las campañas electorales abarca los gastos realizados por partidos, movimientos políticos y/o candidatos.
Aquellas campañas que cumplan con todos los requisitos y tengan su documentación en regla podrán iniciar el proceso de reposición de votos a través del Consejo Nacional Electoral, la entidad encargada de este procedimiento.